LAS TOSCAS – A PARTIR DE AHORA SERÁ OBLIGATORIO – La Administración Provincial de Impuestos (API) a establecido por resolución Nº 27/2012 que los Productores Agropecuarios que realicen trámites de Ingresos Brutos, deben presentar la constancia de declaración jurada al Registro Provincial de Productores Primarios (RPPP).La Administración Provincial de Impuestos (API) a establecido por resolución Nº 27/2012 que los Productores Agropecuarios que realicen trámites de Ingresos Brutos, deben presentar la constancia de declaración jurada al Registro Provincial de Productores Primarios (RPPP).
La declaración jurada se realiza de forma gratuita y on line por nuestro sistema electrónico ASSAL, y tiene como objetivo que todos los Productores Primarios de la provincia detallen en este registro toda la información de la actividad que realizan, como ser: cantidad y tipo de producciones agrícolas, pecuarias, etc.
De esta manera, se elabora un mapa general de la producción primaria de nuestra provincia -el cual se actualiza periódicamente- y, por lo tanto, lograr su trazabilidad.
Este registro provincial sienta las bases para que se generen políticas activas de Buenas Prácticas, en pos del mejoramiento continuo y de la capacitación permanente en cuanto a calidad, seguridad alimentaria y de los alimentos.
¿Quiénes se deben inscribir?
Los productores primarios que desarrollen actividades en el territorio provincial.
¿Qué se debe registrar?
El productor, el establecimiento y las producciones.
¿En qué carácter?
De Declaración Jurada.
¿Dónde se realizan tales trámites?
En la página web de la ASSAL -www.assal.gov.ar, seleccionando Registros Provinciales, opción Registro Producción Primarias. Luego se debe ingresar el Nº de CUIT/ CUIL.
¿Cómo se realiza el trámite de registro inicial?
En la página web referida en donde se deben completar los datos y guardarlos.
¿Cómo se obtiene la constancia de empadronamiento?
Luego de completados y guardados los datos del registro inicial, el sistema generará la constancia de forma electrónica para ser impresa.
¿Cuándo se deben realizar las Declaraciones Juradas en el registro?
Durante los meses de enero, junio y septiembre de cada año.
¿Dónde se realiza las Declaraciones Juradas?
Ingresando a la página web de la AFIP, donde se debe adherir al servicio de la ASSAL web. Luego deberá ingresar el Nº de CUIT y Clave Fiscal para realizar las Declaraciones Juradas.
Resolución general del API