SENADOR PROVINCIAL FEDERICO PEZZ (FPCyS) – El Senador Provincial Federico Pezz presento un proyecto, donde vuelve a insistir en la creación de un régimen legal para asistir a la producción agropecuaria en emergencia o desastre.El Senador Pezz, al presentar el proyecto, vuelve a insistir en la creación de un régimen legal para asistir a la producción agropecuaria en emergencia o desastre tendiente a paliar dichas circunstancias estableciendo acciones y procedimientos que permitan eliminar o atenuar las causas y los efectos de acontecimientos que afecten la producción o la capacidad productiva del sector agropecuario, así como contribuir al reestablecimiento y rehabilitación de la capacidad productiva de las zonas afectadas.
Para la atención de los problemas abordados por la presente Ley, el Poder Ejecutivo deberá impulsar (entre otros artículos) las siguientes acciones: establecer y regular medidas de apoyo especiales para productores agropecuarios, afectados por circunstancias o factores nocivos extraordinarios, que impidan el desarrollo sustentable y competitivo de la producción o su comercialización y/o transformación; dictar normas, establecer programas y acciones que posibiliten generar condiciones tendientes a evitar procesos que deriven en situaciones de emergencia o desastre; establecer previsiones y especificar mecanismos de coordinación, concertación y cooperación entre las distintas jurisdicciones del Poder Ejecutivo Provincial, invitando a los municipios y comunas a participar o adoptar similares acciones en los ámbitos de sus respectivas competencias.
La autoridad de aplicación del presente régimen, será el Ministerio de la Producción, así mismo, será competencia de este Ministerio: convocar a la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria; informar a los organismos competentes del Poder Ejecutivo Nacional de las declaraciones de Emergencia o de Zonas de Desastre dispuestas por el Poder Ejecutivo de la Provincia y gestionar para las zonas involucradas los beneficios establecidos por la Ley Nacional Nº 22.913 o la que la sustituya en el futuro; propiciar el otorgamiento de prórrogas para el pago de las obligaciones derivadas de obras ejecutadas por contribución de mejoras, que afecten las áreas incluidas en situación de emergencia y/o desastre; requerir a los organismos competentes la información necesaria para la determinación de los costos fiscales por los beneficios otorgados; intervenir en la ejecución de las medidas que se adopten en cumplimiento de esta ley y administrar el Fondo de Asistencia para Emergencia Agropecuaria (FAEA).
Este proyecto de Ley barca a personas físicas o jurídicas, titulares de emprendimientos agropecuarios, como también las organizaciones o asociaciones de carácter regional o municipal que reúnan a productores, que se constituyan o estén constituidas de conformidad con la leyes vigentes, y que se vean afectadas por los factores a los que esta ley se refiere.