El pasado viernes 10 de mayo, personal de la Dirección General de Recursos Naturales y Ecología, llevó a cabo un procedimiento en un establecimiento rural de 970 hectáreas, ubicado en la zona de Portugalete, departamento San Cristóbal.
El procedimiento se desarrolló tras haber recibido un alerta del Sistema Nacional de Alerta Temprana de Deforestación (SAT) de la Dirección Nacional de Bosques.
A partir de ahí, se solicitó una orden de allanamiento, la cual fue emitida por la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) de la Ciudad de San Cristóbal. Una vez obtenida la orden, el personal del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, acompañado por agentes policiales de la Comisaría de la localidad de Portugalete, se trasladaron al establecimiento para llevar a cabo la inspección.
Durante la recorrida, se constató que efectivamente se había realizado un desmonte mediante el uso de herbicidas aplicados de manera aérea, lo que provocó un daño severo en especies leñosas y arbustivas nativas en un total aproximado de 65 hectáreas. Una vez concluida la inspección, se labró un acta por infracción a la Ley Nacional N° 26.331 de Protección de los Servicios Ambientales de los Bosques Nativos y a las leyes provinciales N° 11.717 y 13.372.
Cabe mencionar que durante el año 2024 el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático lleva realizados varios allanamientos con resultados positivos. Tres de ellos tuvieron lugar en las localidades de Ambrosetti, La Sarita y el antes mencionado Portugalete. Todos estos procedimientos derivaron en actas de infracciones, viéndose afectadas un total de 135 hectáreas de bosque, todas categoría amarilla según el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos vigente (Ley Provincial N° 13.372). Por estos hechos se iniciaron los trámites administrativos sancionatorios correspondientes.
Enrique Estévez, ministro de Ambiente y Cambio Climático, destacó: «En el marco de la protección de la biodiversidad y de nuestros recursos naturales debemos aumentar y mejorar el control de nuestras actividades. Por eso decidimos intensificar las inspecciones que nos permite ejecutar el servicio de alerta temprana».
Ley de bosques
La Ley N.º 26.331 de Protección de los Servicios Ambientales de los Bosques Nativos establece establece que la “Categoría I” (rojo) son sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse y que la “Categoría II” (amarillo) son sectores de mediano valor de conservación que a través de actividades de restauración pueden tener un alto valor de conservación, a este respecto la normativa establece que no pueden autorizarse desmontes de bosques nativos clasificados en las “Categoría I” (rojo) y “Categoría II” (amarillo).
Información para productores
Ante esto, se insta a los productores y propietarios de predios con bosques nativos a presentar los correspondientes Planes de Manejo Sostenible de Bosques Nativos y los Planes de Aprovechamiento del Cambio de Uso del Suelo ajustándose a lo establecido en la normativa específica ante las áreas de competencia del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de la Provincia de Santa Fe a los fines de mejorar y mantener los procesos ecológicos y culturales en los bosques nativos para beneficio de la sociedad y el ambiente.