Según el Expte Nro. 4885 / 2024 caratulado: BENEFICIARIO: SCARPIN, DIONISIO FERNANDO s/AMPARO en trámite ante este Tribunal, se ha dictado la siguiente resolución, según copia que se acompaña.
RESUELVE:
1) DISPONER COMO MEDIDA INTERINA y hasta tanto se evacúe el informe previsto en el art. 4 de la ley Nº 26.854, las MEDIDAS PREVENTIVAS que deberá adoptar la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD consistentes en:
1.1. DENUNCIAR EN AUTOS EL PLAN DE TAREAS de bacheo y/o relleno de pozos existentes en el tramo comprendido entre el Kilómetro 724 al Kilómetro 752 (Distritos Vera – Malabrigo) de la Provincia de Santa Fe, en el plazo de CINCO (5) DÍAS.
1.2. SEÑALIZAR debidamente la Ruta Nacional N° 11 entre el Kilómetro 724 al Kilómetro 752 (Distritos Vera – Malabrigo) de la Provincia de Santa Fe; con expreso direccionamiento a evitar accidentes, en el plazo de TRES (3) DÍAS.
1.3. REALIZAR EN CASO DE SER NECESARIO LOS DESVIOS que fueren imperiosos a los fines de evitar accidentes en la Ruta Nacional N° 11 entre el Kilómetro 724 al Kilómetro 752 (Distritos Vera –Malabrigo) de la Provincia de Santa Fe, en el plazo de TRES (3) DÍAS.
1.4. REALIZAR CAMPAÑA INFORMATIVA para evitar accidentes a los usuarios y/o vecinos de la Ruta Nacional N° 11 entre el Kilómetro 724 al Kilómetro 752 (Distritos Vera – Malabrigo) de la Provincia de Santa Fe.
2) FIJAR CAUCIÓN JURATORIA PREVIA por parte del actor, a fin de responder por todas las costas, daños y perjuicios que la medida pudiere ocasionar; todo ello conforme lo expuesto en los considerandos precedentes, en especial en el apartado “Contracautela”.
3) CÓRRASE TRASLADO a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD a los fines de la producción del informe previsto en el art. 4 de la Ley 26.854 por el término de TRES (3) DÍAS bajo apercibimientos de ley. A tal fin, líbrese cédula en formato papel a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD con sede en Reconquista, cuyo proyecto deberá ser aportado por la actora una vez prestada la caución, adjuntando a dicho proyecto copia del escrito de demanda haciéndole saber a la demanda que la documental podrá ser descargada del sistema lex100.
4) Notifíquese a la actora por cédula electrónica recaudo a cargo del actuario.
Dra. ZUNILDA NIREMPERGER
Jueza Federal Subrogante de 1° Instancia.