Pascual Eduardo Fagundes, 24; y Leonardo Gastón Godoy, 32; fueron condenados a la pena de prisión perpetua por ser considerados autores penalmente responsables de los delitos de abuso sexual con acceso carnal.
Agravado por ser cometido por dos o más personas y por la intervención de dos menores de edad; en concurso real con el delito de homicidio agravado por haber sido cometido con alevosía, para ocultar otro delito (el abuso sexual), por mediar violencia de género; y por la intervención de menores de edad.
Los condenados, fueron absueltos por el delito de amenazas.
Juan Daniel Godoy, 32; y Brian Carlos Altamirano, 23, fueron absueltos de culpa y cargo y se dispuso la inmediata libertad de ambos.
El juicio había comenzado el miércoles 24 de mayo de 2023 y el veredicto fue dado a conocer este jueves 8 de junio de 2023, por el tribunal integrado por los jueces Martin Gauna Chapero, Sergio Olivera (presidente) y Gustavo Gon.
La víctima fue Rocío Magali Vera cuando tenía 14 años, estaba embarazada y vivía en situación de vulnerabilidad, en el Barrio Carmen Luisa de la Ciudad de Reconquista.
Tras la desaparición, su cuerpo fue encontrado sin vida en las inmediaciones de su barrio, el 13 de julio del año 2020, en un sitio baldío ubicado al costado de un edificio abandonado, donde antiguamente funcionaba la despensa Santa Rita, que era utilizado como refugio por algunos de los acusados.
El fiscal Aldo Gerosa, quien en el juicio trabajó acompañado por su colega fiscal Valentin Hereñu, entre otros colaboradores del MPA, había solicitado la pena de reclusión perpetua para los cuatro imputados, igual que los demás acusadores que actuaron como querellantes en representación de la madre y de una hermana de la víctima.
Las abogadas María Laura Tailleur y Mariana Cisera, del Centro de Acción Judicial, acusaron en representación de la madre de Rocío; mientras que Carolina Walker y Matías Pautasso, de la ONG Juanito Laguna, lo hicieron por la hermana de Rocío.
La defensora pública Maria Noel Severo dio asistencia legal a los cuatro mayores de edad llevados a este juicio oral y público; y había sostenido la inocencia de todos.
Todos habían llegado al juicio en prisión preventiva (desde julio de 2020).
Tras la sentencia, los condenados fueron trasladados a la cárcel; y se ordenó la inmediata libertad de los que fueron absueltos.
CONSIDERACIONES DEL FISCAL
En su alegato de apertura, el fiscal Gerosa sostuvo que Rocío «no pudo defenderse de nadie, ni siquiera de lo que se dijo de ella».
Lamentó que «la violencia está muy desperdigada y es muy frecuente en nuestra sociedad, cada vez más frecuentes y en todos los niveles sociales, en todas las edades, de todos los modos que uno pueda imaginar», desde los escraches a la violencia física; y recordó el homicidio de Vanesa Zabala, provocado en la madrugada del 29 de marzo de 2013; otro de los hechos más atroces de la historia.
PARA EL FISCAL FUERON SEIS LOS AUTORES
Gerosa se mostró convencido ante el tribunal, que el crimen contra Rocío Vera fue cometido por seis personas; los cuatro mayores llevados al juicio oral y público; y los dos menores ya declarados culpables en el Juzgado Penal de Menores.
Sostuvo que las seis personas «agredieron a una niña por el solo objeto de ser mujer. Ha habido violencia física, psicológica, sexual, y todo esto contra una mujer menor de edad, de 14 años que además estaba embarazada».
EL HECHO
Sostuvo el fiscal que el hecho ocurrió entre la 01:30 y las 02:00 del domingo 12 de julio de 2020, cuando uno de los menores de edad en ese momento, Ezequiel Godoy, alias Pulo, hermano de los Godoy mayores también acusados, convenció a la menor Rocío Magalí Vera, de 14 años de edad y embarazada de dos meses, para ingresar a una casa abandonada con la inscripción de Despensa Santa Rita, ubicada en calle San Martín al 4141 (Interbarrial Sur) a metros de la esquina de calle 99, lugar donde estuvieron los hermanos Ezequiel Godoy, Leonardo Gastón Godoy, apodado Vieja; Juan Daniel Godoy, apodado Cuatri; Brian Carlos Altamirano, alias Bebé o Morsa; y Pascual Eduardo Fagundes, alias Llanta, y otro menor, que estaba próximo a ser mayor de edad en ese momento, Luis Fernando Velázquez, alias Tocha.
En ese edificio (propiedad de la familia Lescano) no había luz eléctrica ni ningún servicio, porque estaba abandonado, por lo tanto, en una noche de invierno, «era pura oscuridad; y una vez adentro, se le encimaron los otros varones y comenzaron a decirle que la iban a violar. Y como Rocío se resistió y trato de gritar, Leonardo Godoy, Altamirano y Fagundes, en ese orden, le taparon la boca para que no grite, comenzaron a desvestirla, a bajarle la calza y la bombacha que llevaba puesta; y el tercero, le subió el buzo para descubrir sus senos.
Comenzaron a golpearla también para que acceda o consienta a ser penetrada sexualmente. Y mientras la sostenían de manos y pies, se iban turnando para accederla carnalmente, vía vaginal y anal, los tres hermanos Godoy y Fagundes, en tanto que la obligaron a practicarle sexo oral, Juan Godoy, Fagundes y Altamirano. En un momento en que la agresión parecía terminar, la joven intentó correr y es ahí cuando Ezequiel Godoy la golpeó con un palo de aproximadamente 66 centímetros de largo.
La golpeó cerca de la oreja izquierda y luego dos veces más en la frente y en el cuello; y en ese mismo momento, Fagundes tomó un hierro y la golpeó por la mejilla y en la zona orbital derecha. Por su parte, Altamirano y los hermanos Leonardo y Juan Godoy, le pegaron patadas, con lo cual han contribuido al resultado letal.
Sostuvo que la víctima quedó con gravísimas lesiones, probablemente seminconsciente, en estado agónico, según el informe del médico forense, y falleció unas cuatro horas después. La autopsia determinó que le fracturaron el cráneo y huesos de la cara.
«Todos los presentes» se pusieron de acuerdo para llevarla al baldío que está al lado de la casa abandonada. La arrastraron desde el interior, «pasando sobre un fogón que tenía todavía brazas encendidas» y la dejaron entre un montón de basura y tierra; no sin antes, accederla carnalmente, nuevamente; «esta vez los tres hermanos Godoy».
Posteriormente, entre todos buscaron una asada o pala con la cual carpieron el lugar, porque la sangre que brotaba de las lesiones de la cara era mucha. Dieron vuelta la tierra y la basura para ocultar las manchas de sangre y la dejaron oculta entre las malezas, sin ropa, gravemente herida, con fracturas y en estado agónico.
Luego, los hermanos Leonardo, Juan y Pulo Godoy, se cambiaron la ropa y al otro día volvieron a buscarla con bolsas. Y antes de irse, lo amenazaron de muerte a Luis Fernando Velázquez para que no cuente lo que había visto y sabía.
El Dr. Gerosa le remarcó al tribunal la vulnerabilidad e indefensión de la víctima: Rocío estaba sola en una casa oscura, abandonada, que no conocía. Tenía 14 años y carita de nena (exhibió una foto) y los atacantes eran dos menores, pero Pulo Godoy cumplía la mayoría de edad unos días después; y Luis Fernando Velázquez, también pocas semanas después.
Y los otros tenían en ese momento 20, 21, 29 y 30 años de edad. Ella estaba sola, inerme, en un lugar abandonado, sin iluminación, frente a seis varones.
Dirigiéndose al tribunal, el Dr. Gerosa les dijo que la reclusión perpetua «es la solución que la justicia de Santa Fe puede darle a los familiares» de Rocío Vera, reconociendo que eso «no nos trae de vuelta la vida, pero marca la contundencia de que los valores son respetados y se los hace respetar en nuestra sociedad. Creo que esto tendría una reparación simbólica muy importante para los familiares de Rocío Magali Vera».
Para el fiscal, los cuatro acusados merecían la reclusión perpetua por todos los agravantes sobre los delitos, ya que había considerado probados todos los delitos; pero vale recordar que el tribunal consideró que no logró probar la participación de dos de los acusados: Juan Daniel Godoy y Brian Carlos Altamirano, ambos absueltos de culpa y cargo en este juicio.
Vale recordar que la sentencia es de primera instancia y que seguramente será revisada por la Cámara Penal de Apelaciones. Nada está firme por ahora.
gentileza gustavo raffin