En horario del mediodía del jueves 5 de noviembre de 2020, el juez de Cámara, doctor José Antonio Mántaras, revocó la prisión domiciliaria de Enrique Heriberto Montenegro de 59 años de edad domiciliado en la ciudad de Las Toscas y ordenó la detención inmediata del condenado que estaba gozando prisión domiciliaria, debido a que llegó al juicio oral y público en estado de libertad, sentencia que fue resuelta el 17 de marzo de 2020, a una pena de doce años y seis meses de prisión por los delitos de ‘’Abuso sexual con acceso carnal calificado en reiteradas ocasiones a dos niñas menores de edad’’.
El juez Mántaras envió el oficio a la Oficina de Gestión judicial de Las Toscas y el secretario de la misma informó personalmente al jefe de la comisaría quinta, a cargo del comisario supervisor Marcelo Bartrand, que comisionó una patrulla con tres efectivos a cumplir con la orden judicial y detuvieron al condenado trasladándolo hasta la seccional y desde allí está a la espera del traslado a la unidad penitenciaria a designar.
Las violaciones se produjeron hace seis años.
En la mañana del miércoles 4 de marzo de 2020, se llevó a cabo en la OGJ de la ciudad de Las Toscas, la segunda jornada del juicio oral y público a Enrique Heriberto Montenegro de 59 años de edad, quién hace seis años fue denunciado por abuso sexual con acceso carnal a dos nenas de 9 y 10 años respectivamente. Una de ellas es la ahijada del hombre que está siendo juzgado, entre ambas nenas son hermanas y provienen de una familia del barrio San Felipe.
El Fiscal acusador es el doctor Juan Sebastián Marichal quien en los alegatos de apertura solicitó una condena de 15 años de prisión. Lo acusa de cometer tres hechos delitos contra la integridad sexual en perjuicio de dos niñas que son hermanas entre sí, y una de ellas su ahijada.
Las niñas vivían en situación de vulnerabilidad con su padre que salía a trabajar y quedaban solas y visitaban al vecino que además es padrino de una de ellas.
Los hechos están calificados como abuso sexual con acceso carnal agravado por la edad de las víctimas, promoción de la corrupción de menores doblemente agravado por la edad de las víctimas y por haberse cometido con engaño, violencia y amenazas; y amenazas coactivas.
En la primera audiencia del juicio realizada este martes 3 de marzo, cuando se escucharon los alegatos de apertura, Montenegro no quiso decir nada para defenderse. Fue asistido por el defensor público Sergio Olivera.
El Tribunal está integrado por los jueces Santiago Banegas (Presidente), Gonzalo Basualdo y Claudia Bressán.
Marichal informó que “los delitos que investigamos fueron cometidos en perjuicio de dos hermanas que transitaban la escolaridad primaria cuando (Montenegro) abusó de ellas. La mayor de las dos niñas es ahijada del acusado, circunstancia que el acusado aprovechó para cometer los delitos. Entre mediados de 2013 y septiembre de 2014 (Montenegro) se dirigió a la vivienda en la que residía su ahijada y la invitó a que viajara con él en su camión, al llegar al conocido Puente Azul la agredió sexualmente.
Tras cometer el delito, el acusado amenazó verbalmente a la víctima. Le dijo que si contaba lo ocurrido iba a matar a sus familiares. En septiembre de 2014 volvió a abusar de la niña. Lo hizo en circunstancias similares a las del primer hecho, pero esta vez le dijo que si alguien se enteraba de lo sucedido la iba a arrollar con su camión”.
En relación a la otra víctima de los abusos, “en septiembre de 2014 el acusado fue en motocicleta hasta la casa de la niña y la engañó para que subiera a la moto y se alejaron juntos del lugar; condujo hasta el Puente Azul, lugar en el que había abusado de la hermana mayor y agredió sexualmente a esta otra niña”.
El juicio oral comenzó el martes 3 de marzo de 2020 en los Tribunales de la ciudad de Las Toscas, donde las audiencias continuarán este miércoles, jueves y viernes.
Los alegatos de clausura fueron programados para el lunes 9 de marzo de 2020 a las 10:00 horas. La lectura de la sentencia está prevista para el martes 10 de marzo a las 10:00 horas.
El Fiscal añadió que “este juicio tiene como novedad que solicitamos lo que se denomina cesura de juicio. Se trata de un mecanismo procesal que permite dividir el debate oral en dos partes: La primera parte se destina al análisis de la existencia del hecho ilícito y a determinar si el acusado cometió o no la acción delictiva por la que se lo acusa. Esta etapa finaliza cuando el tribunal dicta lo que se denomina interlocutorio de culpabilidad -es decir- una sentencia fraccionada que solo decide sobre la existencia del hecho y la culpabilidad del acusado.
Fuente: florenciahoy.com