Este lunes por la mañana el Poder Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial el decreto por el cual se extiende hasta el 24 de mayo inclusiva el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio en la República Argentina.
Como lo anticipó el presidente en conferencia de prensa, las provincias con excepción del Área Metropolitana de Buenos Aires, podrán habilitar desde este lunes la actividad comercial, tanto minorista como mayorista.
De igual manera, el DNU comunica que continúan prohibidas una serie de actividades de carácter social:
1. Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades.
2. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que implique la concurrencia de personas.
3. Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.
4. Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos previstos en el artículo 11 de este decreto.
5. Actividades turísticas; apertura de parques, plazas o similares.