Desde el Juzgado de Faltas de Florencia a cargo de la doctora Belén Rouvier, recuerdan el periodo de poda del arbolado público.
El mismo iniciará el próximo 30 de mayo y finaliza el 31 de agosto.
La nota enviada por el Juzgado de Faltas, redacta lo siguiente:
LA MUNICIPALIDAD DE FLORENCIA INFORMA: «LOS ÁRBOLES QUE SE ENCUENTRAN EN LAS VEREDAS, INDEPENDIENTEMENTE DE CUANDO Y QUIÉN LOS HAYA PLANTADO, PERTENECEN AL ARBOLADO PÚBLICO DE NUESTRA CIUDAD. ES DEBER DE TODOS CUIDARLOS Y RESPETARLOS».
Régimen legal:
· Ley Provincial Nro. 9004 de Arbolado Público.
· Ordenanza Nro. 18/2018 de Protección de Arbolado Público
Conforme a esta normativa al frentista le está PROHIBIDO:
1- Implantar especies arbóreas en las veredas sin el asesoramiento y autorización por escrito de la Municipalidad.
2- Implantar palmeras y/o cualquier otra especie ornamental en las veredas que las mismas no cumplen con la función de un árbol.-
3- Efectuar cortes y/o podas, talas o erradicaciones del arbolado público, debiendo estas tareas ser realizadas y/o autorizadas por personal especializado de la Municipalidad. No se permitirá la erradicación de ninguna especie del arbolado público sin causa que lo justifique.
ÉPOCA DE PODA DEL 30 DE MAYO AL 31 DE AGOSTO.
Los restos de limpieza periódica de predios y veredas por parte de los vecinos propietarios o inquilinos deberán ser colocados en bolsas u otros recipientes, los cuales son retirados los días Martes y Jueves por la Municipalidad, durante todo el año.-
Aprovechamos la oportunidad para recordar la obligación de limpiar y desmalezar los terrenos baldíos, cuyo incumplimiento es sancionado con pena de multa.
Gentileza: Narciso Medina