Transcribimos la disposición emitida por el Ministerio de la Producción y Tecnología, de la Provincia de Santa Fe, sobre el protocolo de acción para las actividades productivas, por lo que informamos lo relacionado con la Pesca Comercial y de Subsistencia.
Por Adolfo Espíndola – La Brújula TV
Por la presente, el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología se pone a disposición para recibir cualquier consulta durante el periodo de vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional nº 297/2020.
PROTOCOLOS AGROALIMENTOS
PESCA
La industria frigorífica de pescado y actividad se incluye dentro del inciso anteriormente expuesto, por lo tanto deberá seguir las recomendaciones orientadas a alimentos frescos y de origen animal. Sumado a ello, se detalla:
1) A la fecha no hemos tomado conocimiento de que se haya declarado alguna disposición que limite o prohíba la pesca continental en jurisdicción donde es competente Prefectura Naval Argentina.
2) Cada pescador deberá llevar con él su DNI y carnet habilitante de pesca comercial o de subsistencia.
3) Los municipios deberán continuar con las tareas de fiscalización y control dispuesto por las leyes 11314, 12212, 12703, 13332, 13777 decretos reglamentarios 635/97 y 3164/2019.
4) Cualquier impedimento de la actividad puede ser notificada vía mensaje de texto al Celular: 342-5700055.