La Subsecretaría de Producción y Turismo de la Municipalidad de Villa Ocampo recuerda a los pescadores comerciales y deportivos las disposiciones de veda que se aplican para las siguientes especies:
SURUBÍ: Veda en los meses de noviembre y diciembre (Resolución 168/05)
DORADO: Únicamente permitida la pesca deportiva “con devolución obligatoria” (Ley 12.722)
PACÚ: Prohibida la pesca comercial y deportiva “en forma permanente” (Resolución 162/05)
MANGURUYÚ: Prohibida la pesca comercial y deportiva “en forma permanente” (Resolución 162/05)
CONCURSOS DE PESCA DEPORTIVA: Todos deben ser “con devolución obligatoria” y estar autorizados por la Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia (Resolución 207/14).