Vera: 8 años de prisión por abuso sexual reiterado

Fue en el marco de un juicio oral y público que finalizó este jueves en los tribunales de la ciudad de Vera. El condenado es Marcelino Vázquez y tiene 66 años de edad.

Así lo resolvió el Tribunal Unipersonal integrado por la Doctora Claudia Bressán, en el marco de un Juicio Oral y Público, quien condenó a Marcelino Vázquez d a la pena de ocho años de prisión como autor material y penalmente responsable del delito de Abuso sexual con acceso carnal reiterado.

El fiscal del caso Dr. Gustavo Atilio Latorre, acusó a Marcelino Vázquez, domiciliado en la ciudad de Calchaquí, como autor del delito de Abuso Sexual con acceso carnal en reiteradas oportunidades en perjuicio de una menor de 14 años.

Antecedentes del hecho

El día 22 de Octubre de 2014, CL , tía de la menor, de entonces 12 años de edad, se presenta ante la Comisaría de la mujer de la Policía de la Ciudad de Reconquista, Unidad Regional IX, manifestando lo que la menor le había contado, y solicita que se realicen las investigaciones de rigor. La menor es examinada el mismo día por el médico de policía de la Unidad Regional IX, quien constató desfloración de larga data.

La menor fue entrevistada por parte del psicólogo de policía de la ciudad de Reconquista, y al día siguiente por la psicóloga en el Hospital Regional de la Ciudad de Vera , ante quién manifestó no querer volver más a su casa con su mamá en la Cuidad de Calchaquí, por haber vivido múltiples vivencias de abuso sexual.

El día 4 de Abril del año 2016 se realiza entrevista en Cámara Gesell a la menor, en esta Cuidad de Vera, donde claramente manifiesta que Marcelino Vázquez abusó sexualmente de ella en forma reiterada, brindando detalles de lo vivido.

El Fiscal Latorre

El fallo “es acorde a nuestras pretensiones está claro que el condenado se aprovechó de la mayor edad sobre la víctima, de la relación que tenía con la misma, ya que su hijo era el padrastro de la menor y que desde hacía varios años vivían en el mismo terreno, por lo que la misma no pudo, en virtud de su edad, las amenazas proferidas hacía la madre en caso de negativa o si contaba algo y su estado de vulnerabilidad, consentir libremente la relación. El hecho delictivo afecta en primer lugar, el “proyecto de vida” de la víctima, entendiendo que La libre decisión de la persona tiende naturalmente, como se ha señalado, a realizarse, a volcarse al mundo exterior convirtiéndose en actos o conductas. Se afectó la auto-determinación sexual y el normal desarrollo sexual de la menor como faceta concreta y específica de su proyecto de vida, el cual obviamente es más amplio que este aspecto.”

Calificación del hecho

En su momento se acusó a Marcelino Vázquez por la comisión de los delitos de Abuso Sexual con Acceso Carnal Reiterados (Art. 119 Tercer Párrafo del Código Penal) en calidad de autor (Art. 45 C.P.).


Fuente – Fiscalía Regional IV Circunscripción Judicial. Unidad Fiscal Vera