El acta acuerdo dice lo siguiente:
«En calle Mitre interseccion con Bv. Sarmiento de la ciudad de Villa Ocampo, a los 10 días del mes de noviembre de 2017, se reúnen, por una parte, el Ing. Daniel Llull y el Ing. Marcos Baiano, en caracter de inspectores de la obra: «Pavimento Villa Ocampo – Dpto. General Obligado – provincia de Santa Fe», la que fuera licitada en fecha 18 de abril de 2017 y adjudicada a la empresa ICA SRL mediante Decreto N°473/17 del Poder ejecutivo Provincial, de fecha 14 de marzo de 2017, y por la otra la Ing. Giuliana Vitale en su carácter de representante técnico de la contratista mencionada, para acordar, Ad-referéndum de la superioridad lo siguiente:
– Considerando que la Maquina terminadora de la empresa mencionada no cumple con las condiciones necesrias para realizar un trabajo acorde de lo estipulado en el pliego de bases y condiciones, se decide suspender los trabajos y retirar todo el material colocado el día de la fecha. Sin posibilidades de reclamo por parte de la empresa. No se retomarán los trabajos hasta que dicha terminadora no se encuentre en condiciones óptimas de funcionamiento.
– En prueba de conformidad se firman original y tres copias de un mismo tenor y a un solo efecto, a los 10 días del mes de noviembre de 2017.