La medida dispuesta incluyó el decomiso del producto en todo el territorio santafesino, ya que su rotulación no respeta la legislación alimentaria vigente y la muestra analizada fue clasificada como “adulterada”.
El Ministerio de Salud, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), prohibió la comercialización en todo el territorio provincial y dispuso el decomiso de la miel marca “San Marcos Sierra”, elaborada y fraccionada por el establecimiento “Cerro Chico”.
La medida fue adoptada por orden Nº 31 debido a que el protocolo de análisis Nº 19.640 de la agencia concluyó que la muestra del referido producto “corresponde al Registro Nacional de Establecimiento (RNE) Nº 04-003813 y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) Nº 04-38221, siendo no conforme a la Legislación Alimentaria Vigente (LAV)”.
Así lo explicó el director provincial de la Assal, Raúl Samitier, al precisar que “según las respuestas a las consultas realizadas al Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los alimentos (Sifega), dado que corresponde a la provincia de Córdoba, tanto el RNE como el RNPA son inexistentes”, mientras que la muestra analizada “fue clasificada como adulterada”.
En ese sentido, el funcionario aseguró que la “falta de registros no garantiza la trazabilidad y seguridad de los alimentos”, por lo que “es necesario determinar una medida preventiva con la finalidad de reducir y/o eliminar los peligros y riesgos ante el eventual consumo del producto” en cuestión.
Finalmente, Samitier señaló que todo ello “configura una infracción a lo establecido en el artículo 3° de la Ley Nº 18.284 y artículo 155 del Capítulo III del Código Alimentario Argentino (CAA)”.