El Ministerio de la Producción de la Provincia creó en el ámbito de la Secretaría del Sistema Agropecuario, Agroalimentos y Biocombustibles el Registro Provincial de Contratos de Maquila celebrados en el marco de la Ley Nacional N° 25113.
En el mismo se inscribirán, a pedido de una o ambas partes, los contratos que tengan por objeto la distribución participativa (entre el industrial y el productor) de la transformación de las materias primas.
La Resolución N° 1098 establece también: «A fin de registrar los contratos, los interesados deberán presentar una solicitud de inscripción de Contrato de Maquila según formas presentes en la Resolución».
Entre ellas se destacan: «Nombre y/o Razón Social y Clave de Identificación Tributaria de las partes; Domicilio real y constituido; Cantidad de materia prima contratada; Lugar de procesamiento; Porcentual de participación o kilaje que las partes distribuyen entre sí; Indicación precisa e individualizada del lugar en que se depositarán los productos elaborados que correspondan al productor agropecuario».
El ministro Carlos Fascendini, señaló «Si instrumentamos la Ley de Maquila solucionamos el problema impositivo llevando una herramienta al productor que evita un doble pago de tributo, ya que actualmente ese intercambio no es tomado como una sola operación, sino como dos, -una de venta y otra de compra. «A raíz de esta situación es que hemos estudiado en el Ministerio la posibilidad de hacer un registro y concluimos que para crearlo necesitamos el dictado de este decreto que nos dé la garantía de que efectivamente exista una operación de esta naturaleza», agregó.