El Gobierno de la ciudad de Las Toscas comunica, que en virtud de lo establecido en el Decreto Provincial Nº 2.142/15, faculta a los Municipios y Comunas a inscribir de oficio los vehículos radicados en otra jurisdicción.
“En virtud de ello, se otorgará a los contribuyentes que se encuadren dentro de las prescripciones del artículo 1º del mencionado Decreto, un plazo de 30 días corridos a partir de la fecha, para concurrir al municipio local y proceder a inscribir en forma voluntaria los vehículos alcanzados por la normativa especificada”.
Los mismos, deberán presentarse con la siguiente documentación:
-Título del vehículo automotor (original y Copia).
-Baja y libre deuda del lugar de radicación anterior.
-Documento Nacional de Identidad y Teléfono de Contacto.
Vencido el plazo mencionado se comenzará con el proceso de intimaciones que se establece en el Artículo 3 del mencionado Decreto y con la aplicación de las posibles multas a las que hace referencia según el Artículo 310 de Código Fiscal.
El trámite se puede realizar personalmente o a través de sus propios gestores.
Para cualquier consulta comunicarse vía telefónica al teléfono 03482-492149/279 o vía mail a las siguientes direcciones:
– intendencia@ltoscas.com.ar,
– haciendaltoscas@hotmail.com o
– gobierno@ltoscas.com.ar.