GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LAS TOSCAS – Mediante Decreto 2.795 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe, se declaró en situación de emergencia y/o desastre agropecuario desde el 1° de julio hasta el 31 de diciembre de 2013, a las explotaciones agropecuarias afectadas por prolongada sequía e intensas heladas que afectan al departamento General Obligado.En este contexto, el Gobierno de la Ciudad de Las Toscas, a través de la Dirección de Producción, facilita a los productores locales el asesoramiento y gestión del Certificado de Declaración Jurada correspondiente.
La Declaración de Emergencia Agropecuaria rige para la totalidad de los distritos de los departamentos 9 de Julio, San Cristóbal, Vera y General Obligado y a doce distritos del departamento San Justo.
Los productores comprendidos en dichas áreas geográficas deberán completar un Formulario de Declaración Jurada en el municipio, dirigiéndose a la oficina de producción de lunes a viernes de 7 a 13 hs. Dicho formulario será tomado como base para la emisión del certificado que será extendido por el Ministerio de la Producción y a través del cual acreditará su situación.
Asimismo, se establece para los productores que posean Certificados de Emergencia Agropecuaria, según lo establecido en el artículo 1° del decreto gubernamental, el siguiente calendario impositivo del Impuesto Inmobiliario Rural:
CUOTA 4°: AÑO 2013 VENCIMIENTO: 23/01/14
CUOTA 5°: AÑO 2013 VENCIMIENTO: 22/04/14
CUOTA 6°: AÑO 2013 VENCIMIENTO: 23/06/14
Por otra parte, en el artículo 5° de dicho decreto se detalla que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10, inciso b) de la Ley N° 11.297, se suspende por 180 días después de finalizado el período de emergencia agropecuaria, la iniciación y sustanciación de los juicios y acciones administrativas iniciadas por el cobro de impuestos.
Dr. Leandro Chamorro – Intendente
Lic. Mariela Cerdán – Directora de Producción