Prohíben la venta nocturna de bebidas alcohólicas

CALCHAQUÍ – La nueva disposición regirá de las 00 a 8 horas durante la semana y una hora más tarde los domingos y feriados. Tampoco se podrá consumir en espacios públicos. Habrá fuertes multas y clausura de locales.El jueves 9 de mayo, los ediles de Calchaquí sancionaron la ordenanza Nº 1469 que regula los horarios de ventas de bebidas alcohólicas en kioscos, maxikioscos, despensas, etc. en la ciudad. La normativa será de aplicación efectiva a partir de los 30 días hábiles posteriores a su promulgación; durante el cual se deberá implementar una campaña de difusión.

El artículo primero prohíbe “el expendio y suministro en todas sus formas de bebidas alcohólicas, cualquiera sea su graduación, en quioscos, maxiquioscos, carribares, carros pancheros, carros de comidas, supermercados, minimercados, autoservicios, hipermercados, despensas, almacenes y en general todos aquellos comercios en donde las bebidas se encuentren integradas en el expendio de productos de la canasta familiar, desde las 00hs. hasta las 08hs”. Los días domingos y feriados la limitación se extenderá desde la 01 a las 9 hs. En el caso de los menores de 18 años de edad, la prohibición regirá todos los días durante las 24 hs.

El artículo cuarto impide “el consumo de bebidas alcohólicas en los espacios del municipio, con el propósito de garantizar el orden, respeto y tranquilidad de los vecinos y transeúntes”. Y agrega que “se exceptúa a quienes consuman en lugares habilitados para ello (bares, comedores, pubs, etc) o cuando el consumo se realice en inmediaciones al domicilio del consumidor o en días de fiestas patronales o similares, regulados por la correspondiente ordenanza municipal”.

Quedan exceptuados de la norma “aquellos comercios en que el consumo de bebidas sea propio de la actividad principal que realizan como es el caso del rubro gastronómica o su actividad esté regulada o contempla en la ordenanza Nº 525/01”.

Además obliga a que “todo comercio que expenda bebidas alcohólicas para consumo en el mismo, tenga o no, habilitación para tener mesas fuera del local, deberá arbitrar los medios necesarios para evitar que la bebida sea retirada y/o consumida fuera del ámbito del propio negocio”. Solo quedará eximido de responsabilidad, cuando fuere imposible controlar la situación a través de su personal de seguridad, en tanto y en cuanto haya solicitado el auxilio de la fuerza pública en forma inmediata.

Multas estipuladas

La falta de cumplimiento de lo establecido dará lugar a sanciones pecuniarias que rondarían entre los 800 a los 2800 pesos, según la reincidencia. Así el artículo sexto indica lo siguiente:

1. A la primera infracción debidamente comprobada: multa de Cien unidades fijas (100 U.F.).

2. En caso de reincidencia: multa de Ciento Cincuenta unidades fijas (150 U.F.) y clausura por siete (7) días

3. En caso de una tercera infracción: multa de Doscientas unidades fijas (200 U.F.) y clausura por catorce (14) días .

4. En caso de una nueva infracción: multa de Trescientos Cincuenta unidades fijas (350 U.F.) y clausura por treinta (30) días.

El valor de la multa se determina en Unidades Fijas (U.F.), que equivale al menor precio de venta al público de 1 litro de nafta super.

Fundamentos

Entre los considerandos empleados por los ediles, se refiere que “el alcohol es una de las adicciones que más peligro presenta para la sociedad toda”. Y agregan que “es conveniente brindar un marco regulatorio con relación a cualquier tipo de comercio que expenda bebidas alcohólicas, todo ello más allá de la prohibición de expendio a menores de 18 años”.

Entienden que en localidades vecinas se ha implementado la prohibición con resultados sumamente alentadores y responde a un proyecto regional que apunta a evitar los accidentes que puedan producirse como consecuencia de excesos en el consumo de alcohol.

Además estiman que “resulta necesario para que la normativa cumpla con la finalidad propuesta llevar a cabo un Programa de Educación que difunda los efectos nocivos del alcohol, concientizando a la población en general, especialmente a jóvenes en particular, con la participación a instituciones vinculadas con la problemática, tales como Policía, Bomberos Voluntarios, Autoridades Escolares, Docentes, como asimismo toda persona y/o institución interesada en la misma”.

Fuente: Revista Rescatados