20 años de la ley de Trasplante

NACIONALES – Se conmemoran este viernes 26 los 20 años de la sanción de la ley de Trasplante de Órganos y Tejidos, cuya entrada en vigencia y su implementación significaron un avance enorme para la trasplantología argentina.El Ministerio de Salud provincial, a través del Centro Único de Donación, Ablación e Implante de Órganos (Cuidao), recordó que “el 26 de abril de 1993 se promulgó la ley 24.193 y, a partir de allí, la actividad de donación, ablación e implante de órganos en nuestro país estuvo organizada bajo normas estrictas y modernas, bajo total control del Incucai (Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante – Argentina)”.

El director provincial del Cudaio, Pablo Maidana, indicó que “la cantidad y calidad de trasplantes se elevó, y con ello el prestigio del Incucai”, y enfatizó que el sistema de trasplantes implementado en la Argentina “fue tomado como ejemplar por varios países, que con el tiempo buscaron replicarlo”.

Entre las regulaciones más importantes establecidas por la nueva ley Maidana destacó “los derechos de los trasplantados; el papel fiscalizador del Incucai; el protocolo de diagnóstico de muerte bajo criterios neurológicos; las normas de habilitación para profesionales y establecimientos; las inspecciones, sanciones y prohibiciones; y las formas en que los ciudadanos podían expresar su voluntad de donación”.

“Bajo esta nueva ley se diseñó e implementó el vigente Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de la República Argentina (Sintra), de acceso público, y a través del cual se administra y organiza cada novedad de la actividad trasplantológica de todo el país, incluyendo las listas de espera, los procedimientos de donación, las estadísticas, entre otras”.

“El Sintra le otorgó transparencia y gran eficiencia al sistema, y es uno de nuestros avances que ha servido como referencia en muchos otros países” manifestó Maidana.

DONANTE PRESUNTO
El funcionario explicó, además, que la ley 24.193 fue modificada en 2005, al complementársela con la nueva ley 26.066. Una de ellas fue la que estipula el artículo 19 bis, “que se ha difundido como del Donante Presunto” y por el que textualmente allí se establece que “la ablación podrá efectuarse respecto de toda persona capaz mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos”.

Es decir “que si una persona que acaba de morir y está en condiciones de ser donante (la gran mayoría de los fallecimientos no lo permiten por impedimentos orgánicos y técnicos) no se había expresado en vida, sea por escrito o de otra forma, en forma negativa a la donación, se lo considerará como donante”, aclaró.

La provincia de Santa Fe presenta cifras auspiciosas en materia de donantes. El año pasado se alcanzó una marca histórica de 50, cuando el máximo anterior se había alcanzado en 2005, con 38 donantes.

En tanto, los trasplantes realizados en territorio santafesino significaron un récord con 270. Diez años atrás, en 2003, habían sido sólo 58.

A pesar de estas estadísticas, con todo el crecimiento y las perspectivas positivas de la actividad de donación y trasplante de órganos, sigue siendo insuficiente para cubrir una demanda que crece aún más.

“Esta situación compromete a los organismos a cargo y a toda la comunidad profesional a redoblar esfuerzos para incrementar la procuración y la cantidad de trasplantes” pero también debe comprometer a toda la comunidad a tomar conciencia, informarse, y tomar la decisión solidaria de transformarse en una comunidad donante”, concluyó Maidana.