La justicia argentina falló favorable a indígenas

UN FALLO INÉDITO – El fallo establece que, para trabajar en ese lugar, la empresa debe contar con permiso de la comunidad mapuche. Un antecedente para las comunidades en conflicto de todo el país.La sentencia, primera de su tipo en ese territorio patagónico y que será precedente para otras causas del país, establece que, para trabajar en el lugar, la petrolera Piedra del Aguila está obligada a pedir autorización a ese pueblo indigena.

El fallo señala que la empresa transgredió la ley al no haber informado y obtenido el visto bueno de la comunidad para explotar los recursos naturales y remarca la obligatoriedad de respetar la frondosa legislación (nacional e internacional) que protege los derechos indígenas.

En enero de 2007, recordó el matutino, el gobierno neuquino otorgó a Piedra del Aguila la concesión de tres mil 800 hectáreas en la región del Picún Leufú, en el centro de la provincia.

A fines de ese propio año, la petrolera llegó hasta allí y reclamó derechos sobre la tierra, pero la comunidad le prohibió el ingreso. Luego ofrecieron dinero a los mapuches para obtener permisos de exploración y extracción, y tampoco consiguieron su propósito.

Ante esta situación, la petrolera ingresó por la fuerza al territorio indígena, atacó a miembros de la comunidad y contrató a 40 personas que, bajo el supuesto rótulo de desocupados a la espera de un trabajo, sostuvieron un proceso de desgaste para expulsar a los aborígenes de su tierra.

La presión sobre los indígenas incluyó la llamada judicialización: la empresa presentó un recurso de amparo y en sólo 24 horas una jueza dictó una medida cautelar por la cual ordenó a los miembros del asentamiento abstenerse de impedir las tareas de la empresa.

Con posterioridad sobrevino la apelación de los mapuches y, luego de tres años, la sentencia dictada por el Juzgado Civil 2 de Cutral-Có, Neuquén, que negó la solicitud de amparo de la petrolera y priorizó el derecho indígena, destacó la publicación.

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