Aviso para quienes compran terrenos

VILLA OCAMPO – La Secretaría de Infraestructura, Planeamiento Urbano y Medio Ambiente de la Municipalidad de Villa Ocampo aconseja a todo interesado en comprar lotes de terreno que pida informes acerca de los mismos en la Sección Catastro Municipal.Todo comprador deberá tener la seguridad de que el lote surge de una subdivisión, urbanización o loteo debidamente aprobado y mensurado; debiendo contar además, con todos los servicios instalados, caso contrario no se aprobarán planos de viviendas ni se emitirán los permisos de inicio obra.

Si el interesado quisiera gestionar una vivienda bajo los alcances del Plan de Viviendas de Lotes Propios de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, el faltante de servicios básicos como agua potable y energía eléctrica invalida automáticamente el expediente hasta tanto no se provea al lote de los mismos.

Si correspondiere a un loteo o urbanización es sumamente importante esta consulta previa, ya que el proceso para su aprobación deriva en determinados pasos a cumplimentar.

Se deberá asegurar el comprador que dicho loteo o urbanización haya sido provisto de toda la infraestructura necesaria, a saber: red de agua potable, red de tendido de energía eléctrica domiciliaria, red cloacal si correspondiere, apertura de calles, alumbrado público y arbolado. Todo emprendimiento inmobiliario de este tipo debe incorporar estos servicios, por cuenta y orden del loteador, no pudiendo éste transferir dicha obligación a los compradores; debiendo además en todo elemento de propaganda hacer constar en forma clara la identificación del expediente por el cual se obtuvo la aprobación municipal correspondiente.

Es relevante informar que el proceso de aprobación comienza con la presentación de un anteproyecto ante la Secretaría de Infraestructura, Planeamiento Urbano y Medio Ambiente la cual, de acuerdo con los lineamientos generales del Plan Regulador vigente en lo referente a lotes, calles, avenidas, ubicación de espacios libres y de utilidad pública municipal, etc. aprobará o propondrá modificaciones para lograr el plano definitivo de la urbanización. Con éste, el loteador gestionará la ejecución de todas las obras de infraestructura a las que está obligado. Con los Finales de Obra respectivos aprobados, se procederá a confeccionar el Decreto Aprobatorio del loteo o urbanización. Una vez obtenido éste, se podrá proceder a la publicidad y venta de los lotes obtenidos.