No se puede aplicar en Villa Ocampo

CONVENIO FIRMADO CON LA AGENCIA DE SEGURIDAD VIAL – ¿Es aplicable el convenio para el control del tránsito y la seguridad vial en ruta 11 y ruta 32, en jurisdicción del municipio de Villa Ocampo?. A continuación transcribimos un escrito que nos hizo llegar el Concejal David Floreta (PJ) en relación el mencionado convenio.El 18 de Diciembre de 2009, en la ciudad de Rosario, entre la Agencia de Seguridad Vial, Gendarmería Nacional y el Municipio de Villa Ocampo se firmó un convenio con el Objeto de garantizar el ordenamiento, fluidez y la seguridad del tránsito en rutas provinciales y nacionales, ejecutando operativos de prevención y control y elaborando planes de acción antes siniestros viales y/o contingencias especiales.

El Bloque de Concejales Justicialista, enterado por diversos medios de difusión de la firma de este convenio, y entendiendo que la Seguridad Vial en nuestra jurisdicción es un tema muy importante y que preocupa mucho a la comunidad, luego de un tiempo prudencial de espera, solicito por diversos medios: verbales, escrito, y en más de una oportunidad en el Concejo Municipal, copia del mencionado convenio, sin respuesta oportuna por parte del DEM.

El convenio firmado es de característica, Inter jurisdiccional, intervinieron Gendarmería Nacional, Provincia de Santa Fe y el Municipio de Villa Ocampo, seguramente a nuestro entender tiene que haberse realizado una serie de reuniones previas, entre las partes, principalmente entre municipio y provincia, para llegar finalmente a la firma del mismo con las cosas en claro para las partes: firmar El Convenio.

Lo llamativo es que según un documento sin firma, elevado adjunto al convenio e ingresado al Concejo Municipal a fines octubre de 2010, el Intendente elevó en Diciembre de 2009 a la provincia una simple nota, sin día fecha, con varios puntos que detallo:

1) Afirma, ante el gobierno provincial, estar interesado en el Convenio

2) Autoriza, en simple nota, a firmar el convenio en su representación al Sr. JOSE LUIS FERREYRA, Director de Inspectoría Municipal de Villa Ocampo

3) Pero, hace notar que no está de acuerdo con alguna parte de su contenido.

4) Pero, LA MUNCIPALIDAD DE VILLA OCAMPO, lo firmó sin constar, en esa documentación elevada al Concejo, alguna respuesta o consideración por parte de la provincia a la queja del DEM de Villa Ocampo.

El DEM firmó este convenio, sin gestionar autorización previa del Concejo Municipal, por lo tanto tendría que haber remitido el convenio, inmediatamente después de firmado, al Concejo Municipal para su ratificación o rechazo. Nunca lo hizo, sino que, finalmente lo elevó al Concejo luego de reiterados pedidos del Bloque de Concejales Justicialista,

El Sr. Secretario de gobierno, llevo el convenio personalmente al Concejo para nuestro conocimiento. El Concejo Municipal, a pedido del Bloque Justicialista, por unanimidad, lo pasó a comisión de estudio. Ahí quedo la copia del convenio.

Podemos analizar de diversos puntos de vista el convenio, pero hay un punto clave, para su aplicación: la municipalidad de Villa Ocampo va a juzgar y ejecutar infracciones labradas por Gendarmería, por la provincia o por el propio municipio, en puntos de control local ubicados en rutas nacional o provincial.

Lo primero que tiene que tener el DEM, es el convenio avalado por una ordenanza municipal. Porque los ciudadanos, presuntos infractores, podrían impugnar lo actuado por el DEM y el Juzgado Municipal de Villa Ocampo, organismos que deben intervenir ajustados a ordenanzas que los autoriza.-

CONCLUSION:
El Convenio fue firmado por el Intendente Municipal de Villa Ocampo, el 18 de diciembre de 2009.

Hoy, transcurriendo la segunda quincena del mes de noviembre del año 2010, habiendo pasado más de diez meses, desde que el DEM firmó ese Convenio de Tránsito y Seguridad Vial, el mismo todavía no tiene terminado su procedimiento en el ámbito de la Municipalidad de Villa Ocampo. Es un convenio, hasta ahora, no aplicable a nivel local, por no tener ratificación del Concejo Municipal.