Dan a conocer nuevas medidas para pesca deportiva

CORRIENTES – La Dirección de Recursos Naturales de la provincia de Corrientes, dio a conocer los alcances de las modificaciones para: licencias, talla permitida, permisos y cantidades.Artículo 1º: Derogar la Disposición Nº 1471, cuya vigencia será hasta el día 31 de Mayo de 2010, y toda otra norma que se oponga a la presente.

Artículo 2º: Se habilita la pesca extractiva y la tenencia en embarcación de hasta 1 (uno) ejemplar de la especie Dorado (Salminus brasiliensis), y 1 Surubí, (o Manguruyú) por embarcación. En el caso del Dorado, será sólo para consumo local en costa, no pudiendo transportarse por vía terrestre o aérea fuera del área urbana de la localidad donde ha sido pescado. La medida mínima deberá ser de 75 cm (65 cm para el Departamento Esquina).

Artículo 3º: Se establece a partir de la fecha de la presente Disposición, el Sistema de Precintado Obligatorio para las especies ícticas Dorado, Surubí, Pacú y Manguruyú, en la actividad de pesca deportiva que se efectivicen en aguas de jurisdicción de la Provincia de Corrientes, con un cupo máximo de extracción por año de QUINCE (15) ejemplares por pescador y por cada una de las especies precintadas, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

Este precinto deberá ser colocado por el pescador una vez capturada la pieza, practicando una perforación en la aleta caudal y atarlo con hilo o filamento de nylon, debiendo además completar todos los datos que figuran en el mismo, dejando aclarado que todo ejemplar capturado que se encuentre en poder de una persona, ya sea en su embarcación o cualquier medio de transporte, y que no cuente con el precinto obligatorio y rellenado en sus formas, será considerado como una infracción y sancionada como tal.

Artículo 4º: El Sistema de Precintado Obligatorio dispuesto en la presente, habilitará el transporte del ejemplar de la especie capturada, a excepción del dorado, siempre y cuando y sin excepciones, la pieza transportada sea acompañada de la respectiva licencia de pesca deportiva de costa, embarcada y/o turista.

Artículo 5º: Se establece partir de la entrada en vigencia de esta norma, el cupo para el transporte de especies de la fauna íctica para pescadores locales y turistas, cualquiera sea el medio de transporte (público o privado), conforme a lo siguiente:

1) Pescador deportivo de costa y/o embarcado local (con domicilio en la Provincia de Corrientes), cualquiera sea la cantidad de personas, los días de jornada de pesca y por medio de transporte:

a) Hasta un máximo de Veinte (20) ejemplares de especies menores variadas, con cantidades de acuerdo al artículo 8º, más un (1) Surubí; ó Un (1) Pacú; ó Un (1) Manguruyú, a elección y por licencia.

2) El pescador turista tendrá las siguientes opciones para el transporte de especies de la fauna íctica:

a) Una (1) persona, podrá transportar hasta un máximo de Dos (2) ejemplares de especies menores variadas además de un (1) Surubí; ó un (1) Pacú; ó un (1) Manguruyú a elección.

b) En caso de no optar por las especies precintadas, se autoriza hasta un máximo de cuatro (4) ejemplares de especies menores variadas.

Para todos los casos de transporte de las especies Surubí, Pacú y Manguruyú, los mismos deberán contar con el correspondiente precinto acompañados de la respectiva licencia de pesca deportiva y cumpliendo con los requisitos exigidos en cuanto a medidas permitidas para la captura.

Artículo 6º: Fijase como nuevos valores de las Licencias para los distintos rubros, a partir del 17 de Mayo de 2010, conforme a los siguientes detalles:

PESCA DEPORTIVA:
– Licencia de pesca de costa $ 15,00
– Licencia de pesca embarcada a remo $ 35,00
– Licencia de pesca embarcada a motor $ 70,00
– Licencia de guía de pescadores deportivos $ 120,00
– Licencia de guía y pesca embarcada a motor $ 150,00
– Licencia de operador turístico de pesca $ 500,00
– Licencia de pesca deportiva turista por un día $ 25,00
– Licencia de pesca deportiva turista por dos días $ 35,00
– Licencia de pesca dep. turista por cuatro días $ 50,00
– Licencia de pesca dep. turista por siete días $ 50,00

PRECINTOS: Los precintos por pieza capturada para el pescador local tendrán un valor fijado de manera progresiva desde el primer (1) precinto que se expenda hasta el número quince (15) de la siguiente manera:

Precinto:
1 $ 20,00,
2 $ 30,00,
3 $ 40,00,
4 $ 50,00,
5 $ 60,00,
6 $ 70,00,
7 $ 80,00,
8 $ 90,00,
9 $ 100,00,
10 $ 120,00,
11 $ 140,00,
12 $ 160,00,
13 $ 200,00,
14 $ 250,00,
15 $ 300,00.

Venta de precintos para turistas, para la especie Dorado, $ 150,00, para las especies Surubí y Manguruyú $ 100,00 y para la especie Pacú $ 50,00.

Fijase como fechas de vencimientos de las Licencias agrupadas bajo el rubro Pesca Deportiva al año de otorgadas (sistema aniversario).

Los jubilados tendrán un descuento del 50 % presentando la credencial correspondiente.

Aquellas personas con discapacidades parciales o totales no abonarán ningún arancel.

zonasafaritv