VILLA OCAMPO – El Ejecutivo Municipal envió al Concejo una nota, a partir del oficio recibido, por el cual la Empresa SAF S.A.I.C. presenta una demanda judicial por cobro de deudas de ACRENES, contando la misma con un documento de garantía firmado por el entonces intendente municipal Rolando Antonio Casali.El Ejecutivo Municipal envió al Concejo una nota, a partir del oficio recibido, por el cual la Empresa SAF S.A.I.C. presenta una demanda judicial por cobro de deudas de ACRENES, contando la misma con un documento de garantía firmado por el entonces intendente municipal Rolando Antonio Casali.
Ante esta situación, se solicitó a los concejales que informen:
– Si el intendente municipal Rolando Antonio Casali elevó a ese Concejo el proyecto de ordenanza solicitando la correspondiente autorización para contraer endeudamiento municipal. En este caso se requiere fecha y número del proyecto de ordenanza elevado por el Ejecutivo.
– Fecha en que el proyecto de ordenanza fue tratado en el Concejo Municipal, en el caso de que fuera enviado por el Ejecutivo, número de ordenanza resolviendo al respecto, concejales que estuvieron presentes en la sesión en la que se trató el tema.
– En el caso de haberse emitido una ordenanza, copia de la misma, copia del acta de sesiones en donde se fija la posición de cada uno de los concejales presentes, resultado de la votación de haber existido y voto de cada uno de los concejales.
– En caso de no haber sido enviado el proyecto de ordenanza por el Ejecutivo y no haberse tratado ninguna ordenanza para el endeudamiento mencionado, se solicita:
– Opinión del Concejo Municipal acerca de la situación en la que se encuentra el municipio ante esta demanda.
– Opinión de cada uno de los concejales o bloques fijando la posición a adoptar por el municipio ante la demanda.
– Opinión fundada del Concejo Municipal y de cada concejal o bloque acerca de la decisión tomada por el ex intendente Casali; y si la misma se encuentra dentro de las atribuciones del intendente municipal, especialmente al tratarse de un endeudamiento con terceros y por acciones de terceros.